LA CORTE DE APELACIONES DIJO; NO AL RECURSO DE PROTECCIÓN.

28 de Abril 2011

La Corte de Apelaciones de Santiago declaro inadmisible, el recurso interpuesto por el concejal, Marcelo Torres, trabajadores de la Feria el Volcán y los concejales, Carol Bortnick, Carlos Jara y Christian Vittori, en contra de la Municipalidad de Maipú, por considerar que los hechos planteados en la presentación efectuada y las peticiones que se formulaban a la Corte de Apelaciones, son ajenos y excede a las materias que deben ser conocidas por el recurso de protección y deben ser discutidos y probados en el procedimiento judicial correspondiente.

El documento de la Corte de Apelaciones, dice entre otros:

Santiago, veinticinco de abril de dos mil once.

1.- Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales;

2.- Que los hechos descritos en la presentación de fojas 18 y las peticiones que se formulan a esta Corte, son ajenos y excede a las materias que deben ser conocidas por el recurso de protección, atendida su naturaleza cautelar, toda vez que aquellos deben ser discutidos y probados en el procedimiento judicial correspondiente, ante el cual podrán hacerse las alegaciones correspondientes, condiciones en la que tiene aplicación la norma de inadmisibilidad establecida en el Nº 2 del auto acordado respectivo, por lo que no será admitida a tramitación.   

Por estas consideraciones se declara inadmisible la acción deducida en lo principal de fojas 18. Al primer  otrosí, a sus antecedentes.

N°Proteccion-3927-2011

 

 
 
 

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