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LA CORTE DE APELACIONES DIJO; NO AL RECURSO DE
PROTECCIÓN.
28
de Abril 2011
La Corte de Apelaciones de Santiago declaro
inadmisible, el recurso interpuesto por el concejal,
Marcelo Torres, trabajadores de la Feria el Volcán y
los concejales, Carol Bortnick, Carlos Jara y
Christian Vittori, en contra de la Municipalidad de
Maipú, por considerar que los hechos planteados en
la presentación efectuada y las peticiones que se
formulaban a la Corte de Apelaciones, son ajenos y
excede a las materias que deben ser conocidas por el
recurso de protección y deben ser discutidos y
probados en el procedimiento judicial
correspondiente.
El documento de la Corte de Apelaciones, dice entre
otros:
Santiago, veinticinco de abril de dos mil once.
1.- Que el recurso de protección tiene por
objeto restablecer el imperio del derecho cuando
éste ha sido quebrantado por actos u omisiones
arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o
privan del ejercicio legítimo de alguna de las
garantías taxativamente numeradas en el artículo 20
de la Constitución Política de la República, dejando
a salvo las demás acciones legales;
2.- Que los hechos descritos en la presentación de
fojas 18 y las peticiones que se formulan a esta
Corte, son ajenos y excede a las materias que deben
ser conocidas por el recurso de protección, atendida
su naturaleza cautelar, toda vez que aquellos deben
ser discutidos y probados en el procedimiento
judicial correspondiente, ante el cual podrán
hacerse las alegaciones correspondientes,
condiciones en la que tiene aplicación la norma de
inadmisibilidad establecida en el Nº 2 del auto
acordado respectivo, por lo que no será admitida a
tramitación.
Por estas consideraciones se declara inadmisible la
acción deducida en lo principal de fojas 18. Al
primer otrosí, a sus antecedentes.
N°Proteccion-3927-2011 |